

Esos términos discriminatorios aparecieron en el Anexo de la Resolución 187/2025 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), conducida por Diego Spagnuolo, el exabogado personal de Javier Milei. Esa Resolución tiene como objeto establecer un nuevo baremo para medir los grados de discapacidad de una persona, a partir de los cuales se le entregará o no una pensión no contributiva.-

0-30 años (idiota). No atraviesa la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero, no controla esfínteres, no atiende sus necesidades básicas, no puede subsistir solo.

30-50 años (imbécil). No lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, puede realizar tareas rudimentarias.

50-60 años (débil mental profundo). Solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias.

60-70 años (débil mental moderado). Lee, escribe, realiza operaciones simples, conoce el dinero, puede realizar trabajos de escasa exigencia intelectual.

70-90 años (débil mental leve). Cursó primaria y a veces secundaria, puede realizar tareas de mayor envergadura. Fronterizos los que tienen CI cercan al normal.
Acuerdo internacional:

Cabe destacar que hace más de dos décadas que no se utilizan estos términos, los cuales se oponen a lo que marca la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.

Incluso, en un documento de 1997, se aclaró que la discapacidad no impide trabajar, pero que las personas con discapacidad enfrentan múltiples barreras y, en ese contexto, las asignaciones son necesarias.